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Ir a Simulador GratisEstudia las preguntas sobre mercancías peligrosas del balotario MTC 2026. Transporte de sustancias peligrosas, químicos y materiales especiales en Perú.
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Ir a Simulador GratisExplicación: Estas luces sirven para advertir a otros conductores sobre situaciones atípicas o de riesgo que involucren al vehículo.
Explicación: El uso de la bocina está restringido exclusivamente para prevenir accidentes o situaciones de riesgo.
Explicación: La línea amarilla continua prohíbe el adelantamiento. El vehículo rojo no puede rebasar al azul independientemente de si viene o no tráfico en sentido contrario, ya que la señalización indica que es una zona peligrosa para adelantar.
Explicación: La señal R-48 indica una zona autorizada para realizar operaciones de carga y descarga de mercancías. En estas áreas, los vehículos de transporte pueden detenerse temporalmente para estas actividades específicas.
Explicación: Todas estas situaciones constituyen distracciones peligrosas durante la conducción: preocupaciones mentales que desvían la atención, uso del celular (visual, manual y cognitivo), y manipulación de dispositivos del vehículo. Todas aumentan significativamente el riesgo de accidentes.
Explicación: Las líneas amarillas continuas marcan el inicio de una zona donde está prohibido adelantar, indicando que las condiciones de la vía (curva, poca visibilidad, pendiente, etc.) hacen peligrosa la maniobra de adelantamiento. Los conductores deben respetarlas y permanecer en su carril.
Explicación: Fundamento: Artículo 1 del RENAT. Esta norma tiene por objeto regular el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías, diferenciándose de las normas que regulan el tránsito.
Explicación: Fundamento: Numeral 3.63.6 del artículo 3 del RENAT.
Explicación: El Artículo 78 del Reglamento Nacional de Vehículos (RNV) faculta a la autoridad competente a dictar el internamiento del vehículo como una de las medidas preventivas ante infracciones específicas.
Explicación: El Anexo II del Reglamento Nacional de Vehículos (RNV) define la carrocería como la estructura instalada sobre el chasis o estructura autoportante, destinada específicamente al transporte de personas y/o mercancías.
Explicación: Según el Artículo 11 del Reglamento de Licencias, es un requisito obligatorio contar con la licencia de conducir correspondiente a la categoría del vehículo, además de la autorización especial para materiales peligrosos.
Explicación: Esta definición precisa corresponde al 'Servicio de transporte de taxi', según lo descrito en el Numeral 3.63.6 del Artículo 3 del RENAT, especificando el uso de vehículos categoría M1.
Explicación: La Guía de Remisión de Transportista es el documento oficial que sustenta el traslado de bienes por parte del transportista autorizado. Este documento acredita la legalidad del transporte de mercancías y debe portarse durante todo el trayecto.
Explicación: El generador de carga es la persona natural o jurídica que solicita el servicio de transporte de mercancías. Es quien encarga al transportista el traslado de bienes de un punto a otro.
Explicación: SUTRAN es la autoridad encargada de fiscalizar el servicio de transporte de personas y carga de ámbito nacional. Su función principal es supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas de transporte terrestre a nivel nacional, según la Ley N° 29380.
Explicación: En el servicio de transporte estándar de ámbito provincial está permitido el viaje de personas sentadas y de pie, siempre respetando la capacidad prevista por el fabricante del vehículo. Esta capacidad garantiza condiciones seguras para todos los pasajeros.
Explicación: El servicio de transporte mixto es aquel que permite el transporte simultáneo de personas y mercancías en un mismo vehículo, siempre que este esté autorizado para dicha modalidad, según el numeral 3.69 del artículo 3 del RENAT.
Explicación: El Artículo 14 del RNV establece que los vehículos de categoría M (transporte de pasajeros) y N (transporte de mercancías) deben contar con una (1) rueda de repuesto como mínimo.
Explicación: El Artículo 78 del RNV establece que el internamiento del vehículo es una de las medidas preventivas que puede aplicar la autoridad competente cuando se detecten infracciones a la normativa vehicular.
Explicación: El Anexo II del RNV define a la carrocería como la estructura que se instala sobre el chasis o estructura autoportante, diseñada específicamente para el transporte de personas y/o mercancías.
Explicación: El numeral 3.63.6 del artículo 3 del RENAT define al servicio de taxi como el transporte especial provincial en vehículos M1, desde un origen hasta un destino determinado por el contratante.
Explicación: La Ley 29380 y su Reglamento (D.S. 033-2009-MTC) establecen que SUTRAN es la entidad encargada de supervisar, fiscalizar y sancionar el transporte terrestre a nivel nacional.
Explicación: El Artículo 77 del RENAT prohíbe totalmente el transporte de sustancias peligrosas y materiales explosivos en vehículos de pasajeros, sin excepciones, incluso con autorización.
Explicación: El numeral 3.36 del artículo 3 del RENAT define a la Guía de Remisión de Transportista como el documento que sustenta legalmente el traslado de mercancías.
Explicación: El numeral 3.35 del artículo 3 del RENAT define al generador de carga como la persona que solicita el servicio de transporte de mercancías.
Explicación: La Ley Nº 29380, Ley de creación de SUTRAN, establece que esta entidad es la autoridad responsable de fiscalizar el servicio de transporte de personas y carga a nivel nacional.
Explicación: El numeral 3.62.1 del artículo 3 del RENAT permite en el servicio estándar provincial que viajen personas sentadas y de pie, respetando la capacidad del fabricante.
Explicación: El numeral 3.69 del artículo 3 del RENAT define al servicio de transporte mixto como aquel que transporta simultáneamente personas y mercancías en vehículos autorizados.
Explicación: Conforme al Artículo 40 del Reglamento Nacional de Vehículos, la tolerancia en el control del ancho de la mercancía transportada es del 5% del ancho máximo del vehículo. Esta tolerancia facilita los controles considerando pequeñas variaciones en la carga.
Explicación: El Artículo 40 del Reglamento Nacional de Vehículos establece que la tolerancia general en el control de la altura de la mercancía transportada es del 5% de la altura máxima permitida del vehículo, permitiendo un margen razonable en las mediciones.
Explicación: El Anexo II del Reglamento Nacional de Vehículos define a la mercancía especial como aquella mercancía peligrosa y/o indivisible que, para ser transportada, excede los límites de pesos y/o medidas permitidas por la normativa.
Explicación: El Artículo 78 del Reglamento Nacional de Vehículos establece que el internamiento del vehículo es una medida preventiva que puede aplicar la autoridad competente cuando se detectan infracciones graves a la normativa.
Explicación: Conforme al Artículo 11 del Reglamento de Licencias, es necesario contar con la licencia que corresponda a la categoría del vehículo que transporta materiales peligrosos, garantizando que el conductor esté capacitado para este tipo de transporte.
Explicación: Según el Artículo 1 del RENAT, este reglamento regula el servicio de transporte terrestre tanto de personas como de mercancías en sus diferentes modalidades y ámbitos.
Explicación: El Artículo 6 del RENAT clasifica el servicio de transporte terrestre por el elemento transportado en: servicio de transporte de personas, de mercancías y mixto.
Explicación: Según la Ley 29380 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 033-2009-MTC, SUTRAN es la entidad encargada de supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte terrestre en el ámbito nacional.
Explicación: El numeral 3.59 del artículo 3 del RENAT establece que el fin primordial del servicio de transporte terrestre es satisfacer la necesidad de traslado por vía terrestre de personas o mercancías.
Explicación: El Artículo 5 del RENAT clasifica el servicio de transporte terrestre por ámbito territorial en: ámbito provincial, ámbito regional y ámbito nacional.
Explicación: El numeral 3.36 del artículo 3 del RENAT define la Guía de Remisión de Transportista como el documento que sustenta el traslado de bienes por el transportista autorizado.
Explicación: El numeral 3.35 del artículo 3 del RENAT define al generador de carga como la persona natural o jurídica por cuyo encargo se transportan mercancías en un vehículo habilitado.
Explicación: Los Artículos 85 y 86 del RENAT establecen que los documentos de transporte de mercancías son: la guía de remisión del transportista, la carta de porte y el manifiesto de carga.
Explicación: El numeral 77.3.2 del artículo 77 del RENAT establece las obligaciones del recibidor o destinatario, entre las cuales NO está verificar la estiba de las mercancías, ya que esa es responsabilidad del transportista.
Explicación: El numeral 3.69 del artículo 3 del RENAT define al servicio de transporte mixto como aquel que transporta personas y mercancías simultáneamente en un vehículo autorizado para ello.
Explicación: Conforme al artículo 17º del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2008-MTC, los materiales peligrosos se identifican por el número UN asignado en la lista de mercancías peligrosas del Libro Naranja de las Naciones Unidas.
Explicación: Conforme al artículo 19 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2008-MTC, los rótulos de vehículos que transportan materiales peligrosos deben seguir las especificaciones del Libro Naranja de las Naciones Unidas.
Explicación: Conforme al numeral 19 del artículo 5º del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2008-MTC, esta es la definición completa de material peligroso que contempla todas sus características y riesgos potenciales.
Explicación: Conforme al literal a) del numeral 2 del artículo 4 de la Ley 29380, Ley de Creación de la SUTRAN, esta entidad es la encargada de fiscalizar y sancionar en el transporte de materiales peligrosos.
Explicación: Conforme al numeral 5 del artículo 56º del Reglamento MATPEL, en caso de derrame, fuga o pérdida, el conductor debe aplicar inmediatamente el plan de contingencia establecido.
Explicación: Conforme a las Divisiones 1.1., 1.2 y 1.3 - Clase I, del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, los explosivos se identifican con un rótulo rombo naranja con símbolo de explosión.
Explicación: Conforme a la Clase 3, del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, los líquidos inflamables se identifican con un rótulo rombo rojo con símbolo de llama.
Explicación: Conforme a la Clase 2, División 2.1 del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, los gases inflamables se identifican con rótulo rombo rojo con llama sobre cilindro.
Explicación: Conforme a la Clase 4, División 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4 del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, los sólidos inflamables se identifican con rótulo de rayas verticales rojas y blancas con llama.
Explicación: Conforme a la Clase 5, División 5.1 del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, las sustancias comburentes se identifican con rótulo rombo amarillo con llama sobre círculo.
Explicación: Conforme a la Clase 5, División 5.2 del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, los peróxidos orgánicos se identifican con rótulo rombo mitad roja y mitad amarilla con llama.
Explicación: Conforme a la Clase 6, División 6.1 del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, las sustancias tóxicas se identifican con rótulo blanco con calavera y tibias cruzadas.
Explicación: Conforme a la Clase 6, División 6.2 del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, las sustancias infecciosas se identifican con rótulo blanco con el símbolo de riesgo biológico.
Explicación: Conforme a la Clase 7, categorías 7A, 7B y 7C del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, los materiales radiactivos se identifican con rótulos amarillos con el símbolo del trébol radiactivo.
Explicación: Conforme a la Clase 8 del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, las sustancias corrosivas se identifican con rótulo mitad blanco y mitad negro con tubos vertiendo líquido sobre mano y metal.
Explicación: Conforme a la Clase 9 del numeral 5.2.2.2.2 del Libro Naranja de las Naciones Unidas - Volumen II, las sustancias y objetos peligrosos varios se identifican con rótulo con rayas verticales en la mitad superior.
Explicación: Conforme al artículo 78 del RNV, el internamiento del vehículo es una medida preventiva que puede aplicar la autoridad competente cuando se detectan infracciones graves a las normas vehiculares.
Explicación: Conforme al Anexo II del RNV, la carrocería es la estructura que se instala sobre el chasis o estructura autoportante, diseñada para el transporte de personas y/o mercancías.
Explicación: Conforme al artículo 40 del RNV, la tolerancia en el control del ancho de la mercancía transportada es del 5% del ancho máximo permitido del vehículo.
Explicación: Conforme al artículo 40 del RNV, la tolerancia general en el control de la altura de la mercancía transportada es del 5% de la altura máxima permitida del vehículo.
Explicación: Conforme al Anexo I del RNV, los vehículos de categoría N3 son aquellos destinados al transporte de mercancías con un peso bruto vehicular mayor a 12 toneladas.
Explicación: Conforme al Anexo II del RNV, mercancía especial es aquella peligrosa y/o indivisible que, para ser transportada, excede los límites de pesos y/o medidas permitidas, requiriendo autorización especial.
Explicación: Conforme al artículo 78 del RNV, las medidas preventivas vigentes son: reestiba de la mercancía, descarga de la mercancía en exceso e internamiento del vehículo.
Explicación: Conforme al artículo 11 del Reglamento de Licencias, ES necesario contar tanto con la licencia de la categoría del vehículo como con la licencia de categoría especial para transporte de materiales peligrosos.
Explicación: Conforme al artículo 1 del RENAT, este reglamento regula el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías en el territorio nacional.
Explicación: Conforme al numeral 3.76 del artículo 3 del RENAT, el servicio de transporte de mercancías de ámbito nacional es aquel que se realiza en el territorio de la República, en una o más regiones o en Lima y Callao.
Explicación: Conforme al código F.5 del Anexo 2 del RENAT, oponerse a la labor de supervisión se sanciona con suspensión de licencia por tres años y multa de 0.5 UIT.
Explicación: Conforme al código F.2 del Anexo 2 del RENAT, no contar con licencia vigente o no portarla se sanciona con suspensión de licencia de conducir por un (1) año.
Explicación: Conforme al código F.6 del Anexo 2 del RENAT, causar accidente con muerte o lesiones graves resulta en cancelación de licencia, inhabilitación definitiva y multa de 0.5 UIT.
Explicación: Conforme al código F.1 del Anexo 2 del RENAT, utilizar documentación falsa o adulterada se sanciona con cancelación de licencia, inhabilitación definitiva y multa de 0.5 UIT.
Explicación: Conforme al numeral 31.1 del artículo 31 del RENAT, los conductores del servicio de transporte de mercancías deben contar con ambas capacitaciones: primeros auxilios y manejo defensivo con normas de tránsito.
Explicación: Conforme al numeral 29.1 del artículo 29 del RENAT, para conducir vehículos de transporte de mercancías se requiere tener como mínimo 18 años y licencia de la categoría correspondiente.
Explicación: Conforme al RENAT, no existe un límite máximo de antigüedad establecido para los vehículos destinados al servicio de transporte de mercancías, solo deben cumplir con los requisitos técnicos y pasar la revisión técnica.
Explicación: Conforme al código F.3 del Anexo 2 del RENAT, no contar con capacitación en manejo defensivo se sanciona con suspensión de la licencia de conducir por seis (6) meses.
Explicación: Conforme al artículo 7 del RENAT, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la autoridad competente en materia de transporte terrestre de mercancías de ámbito nacional.
Explicación: Conforme al artículo 7 del RENAT y a la Ley 29380, la SUTRAN (Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías) es la autoridad que ejerce facultades de fiscalización.
Explicación: Conforme al artículo 31 del RENAT, la capacitación en primeros auxilios es obligatoria para todos los conductores del servicio de transporte de mercancías desde la edad mínima de conducción (18 años).
Explicación: Conforme al artículo 12 del RENAT, el servicio de transporte terrestre de mercancías se presta bajo la modalidad de servicio privado, a diferencia del transporte de personas que es servicio público.
Explicación: Conforme al artículo 75 del RENAT, el Manifiesto de Carga es obligatorio únicamente para el servicio de transporte terrestre de mercancías de ámbito nacional.
Explicación: Conforme al artículo 75 del RENAT, la Guía de Remisión (del Remitente y/o del Transportista según corresponda) es el documento que sustenta el traslado de mercancías.
Explicación: Conforme al numeral 31.2 del artículo 31 del RENAT, la capacitación en manejo defensivo y normas de tránsito tiene una vigencia de 3 años, después de los cuales debe actualizarse.
Explicación: Las luces intermitentes de emergencia deben utilizarse para indicar la detención, parada o estacionamiento en zona peligrosa, o cuando se ejecutan maniobras riesgosas, alertando a los demás usuarios de la vía.
Explicación: Las luces intermitentes de emergencia deben usarse para indicar la detención, parada o estacionamiento en zonas peligrosas, alertando a los demás usuarios de la presencia del vehículo.
Explicación: El TUO del Reglamento Nacional de Tránsito regula el uso de las vías públicas terrestres en cuanto se relacionan con el tránsito, la seguridad vial, y los derechos y obligaciones de los usuarios de dichas vías.